El Gobierno cambia la tabla de evaluación de incapacidades laborales y unifica criterios en todo el país

El Gobierno reemplazó la tabla que determina el grado de incapacidad laboral por accidentes o enfermedades profesionales. La nueva normativa tendrá aplicación a partir de febrero de 2026.

 

El Gobierno nacional aprobó una nueva Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales mediante el Decreto 549/2025, publicado recientemente en el Boletín Oficial. La medida reemplaza al Anexo I del Decreto 659/1996, que había regido durante casi treinta años, y establece nuevos criterios para determinar las incapacidades laborales derivadas de accidentes o enfermedades profesionales. Esta modificación impacta directamente en trabajadores, empleadores, aseguradoras y organismos judiciales y administrativos vinculados al sistema de riesgos del trabajo.

La decisión fue adoptada luego de la intervención del Comité Consultivo Permanente de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (CCP), que aprobó la actualización de manera unánime. Firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello, el decreto establece que la nueva tabla entrará en vigencia a partir de febrero de 2026, y se aplicará a todas las valoraciones que no hayan sido resueltas antes de esa fecha, sin importar en qué instancia se encuentren.

La normativa plantea como objetivo modernizar los parámetros de evaluación, adaptándolos a los avances médicos, científicos y tecnológicos. Según el texto oficial, la nueva tabla busca aportar mayor precisión, objetividad y racionalidad en la valoración del daño psicofísico, aplicando un criterio uniforme que garantice igualdad de trato y resarcimiento justo para los trabajadores damnificados.

El decreto faculta a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) a dictar normas complementarias, ejecutar programas de formación para peritos médicos y difundir la nueva normativa. Además, invita a las provincias a conformar o integrar Cuerpos Médicos Forenses, conforme a la Ley 27.348, con el fin de asegurar homogeneidad en la evaluación de incapacidades en todo el territorio nacional y evitar la discrecionalidad en los dictámenes.

Entre las novedades, la tabla introduce criterios objetivos y cuantificables para medir cada secuela, eliminando los intervalos de evaluación y reduciendo la variabilidad entre peritajes. Se definen porcentajes precisos para lesiones en distintos sistemas del cuerpo humano, desde oftalmología hasta psiquiatría, y se incorporan factores de ponderación según edad, tipo de actividad y posibilidad de reubicación laboral. En casos como la disminución visual o auditiva, se utilizarán tablas especializadas homologadas por instituciones médicas nacionales e internacionales.

El nuevo sistema prohíbe la realización de estudios invasivos para valorar las secuelas, y fue desarrollado por un equipo multidisciplinario de profesionales de la salud. La normativa también destaca que los peritos no verán afectada su retribución por el monto del litigio, lo que contribuirá a garantizar dictámenes imparciales.

 

 

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