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Derecho a la identidad: Logran reunir a dos hermanos nacidos durante la dictadura

Escrito por FABIAN MERA

Nacieron en 1976 y en 1977. Son hermanos de madre y padre. El juez Alejo Ramos Padilla no pudo acreditar que sean hijos de personas desaparecidas, pero sostuvo que los dos fueron privados de derechos fundamentales, como el de conocer quiénes son, cómo y cuándo nacieron y quiénes son sus progenitores.

Luciana Bertoia
Por Luciana Bertoia

Él nació en 1976; ella, en 1977. Hasta hace unos pocos días no se conocían y mucho menos sabían que eran hermanos de padre y madre. La confirmación les llegó a través del juzgado federal de Alejo Ramos Padilla en La Plata, después de que así lo informó el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG). Si bien el magistrado no descarta que sean hijos de personas desaparecidas, esto no pudo acreditarse por el momento. Lo que sí está claro es, remarca Ramos Padilla, que estos dos hermanos se vieron privados de un derecho fundamental: el derecho a la identidad.

La investigación se inició en 2016 a partir de una denuncia de Abuelas de Plaza de Mayo –tramitada por la Unidad Especializada para Casos de Apropiación de Niños durante el Terrorismo de Estado (Uficante), que dirige el fiscal Pablo Parenti– que decía que una chica podía ser hija de personas desaparecidas porque había sido anotada como propia por un agente de la Policía bonaerense.

La muchacha se presentó ante el Juzgado federal de La Plata y accedió a realizarse los análisis genéticos. El resultado fue negativo: su muestra no impactó en ninguno de los registros de familiares de detenidos-desaparecidos que allí estaban almacenados. El caso quedó cerrado.

Hace un tiempo se presentó un muchacho con dudas sobre sus orígenes a través de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (Conadi). Cuando se testeó, su muestra resultó compatible con la chica que había sido convocada por el juzgado tiempo atrás.

Con esa información, Ramos Padilla hizo una reunión con Abuelas de Plaza de Mayo y con la Conadi. Después se decidió a avanzar con los dos jóvenes –cuya identidad no trascendió desde el juzgado–: los citó a cada uno en un horario distinto. Les contó del hallazgo del BNDG y les preguntó si querían conocerse. Los dos accedieron. Su sangre les permitió encontrarse. Ahora, la pregunta es quiénes son su madre, su padre o el resto de sus familiares.

El policía que se apropió de la chica se presentó ante el juzgado y confesó cómo fue la mecánica. Dijo que, como no podía tener hijos, su médico de toda la vida le sugirió ponerse en contacto con su esposa que era ginecóloga y obstetra. Fue a través de esta médica que se produjo la entrega de una beba en 1977. Ella, además, firmó el certificado como si el nacimiento se hubiera producido en la casa, por lo que no podía contrastarse con otros registros.

En el juzgado, le preguntaron quién era la madre de la beba. Según la versión del policía, era una mujer que tenía muchos hijos y ya no podía criar a otra criatura. En algún momento también habló de una mujer policía como la progenitora. Todo esto es parte de lo que aún resta por reconstruir para la Justicia y también para los dos hermanos que recién ahora, 46 años después, están comenzando un vínculo.

En la resolución que dictó este jueves –por la que procesó a los dos médicos y al policía–, Ramos Padilla recupera la tesis de la antropóloga Carla Villalta para explicar cuán extendida estaba la práctica de las apropiaciones de niños y niñas o las adopciones irregulares. “En torno a estas prácticas ilegales de entrega y falsificación operaron el secreto, el ocultamiento y el tabú”, escribió el juez.

“Falsear la verdad del origen y la identidad de los niños nacidos en otra familia, sólo puede derivar de una primitiva concepción del ‘niño-propiedad’, en la que priman los prejuicios sociales y familiares. De este modo, son los comportamientos y los deseos de los mayores los que motivan a inscribir y sostener en el tiempo una realidad biológica falsa, que afecta a los niños –ahora adultos– a los que debe garantizárseles la posibilidad de conocer su origen y su identidad”, ahondó el magistrado.

La verdadera ruptura con esas prácticas de entrega y ocultamiento se produjo gracias a la lucha de Abuelas de Plaza de Mayo y a la consagración del derecho a la identidad –que se conoce dentro de la Convención sobre los Derechos del Niño como el derecho argentino–. “Los avances producidos en el mundo y en particular en la Argentina, vinculados con la importancia de conocer el origen de la propia identidad y de conducirse con la verdad, han permeado desde los casos de apropiaciones ocurridas durante el terrorismo estatal hacia el resto de los casos, llevando a una concientización y a una ruptura sobre esas prácticas ilegales y toleradas, que contribuyen y favorecen la comisión de diversos y graves delitos que van desde la supresión de estado hasta la compra y/o el tráfico de niños”, resaltó Ramos Padilla.

El juez sostuvo en su resolución que en el caso de los dos hermanos no puede descartarse que se trate de apropiaciones cometidas en el marco del terrorismo de Estado, por lo que corespondería entender lo sucedido como delitos de lesa humanidad. Un punto importante para la sospecha es la fecha de los nacimientos y también que la beba haya quedado en poder de un policía bonaerense.

Ramos Padilla también englobó lo padecido por los hermanos como graves violaciones a los derechos humanos porque se vieron privados del derecho a la identidad y consideró que se trata de un delito permanente que únicamente cesó al momento en el que les informaron su identidad. “Fueron parte de una realidad falsificada que su entorno contribuyó a mantener”, concluyó.

FUENTE: PAGINA 12

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FABIAN MERA

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