El Banco Central habilita las cuentas sueldo en dólares y abre la puerta al pago de salarios en moneda extranjera

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) reglamentó la reforma laboral mediante la Comunicación «A» 8460, que permite a las empresas abonar remuneraciones en dólares a través de cuentas gratuitas para los trabajadores.

 

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) oficializó este viernes la habilitación de las cuentas sueldo denominadas en dólares estadounidenses, completando el camino normativo para que las empresas puedan pagar salarios en moneda extranjera tal como lo prevé la reforma laboral sancionada por el Congreso en febrero. A través de la Comunicación «A» 8460, el organismo incorporó al dólar entre las monedas admitidas para la captación de depósitos en las cuentas sueldo, que hasta ahora solo podían operar en pesos.

La modificación reglamentaria da cumplimiento a lo establecido por la Ley 27.802 de reforma laboral, que modificó el artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo para disponer que el salario «debe ser satisfecho en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera». De esta manera, las entidades financieras quedan habilitadas para abrir y administrar cuentas sueldo en dólares, manteniendo las mismas condiciones de gratuidad que rigen para las cuentas tradicionales en pesos.

Un aspecto central de la nueva regulación es que la gratuidad de la cuenta alcanza hasta el monto de las acreditaciones derivadas de la relación laboral, y los fondos no retirados podrán acumularse sin límite de tiempo sin generar costos de mantenimiento para el trabajador. La resolución establece además que la atención de depósitos y extracciones en efectivo en dólares será obligatoria en la sucursal donde esté radicada la cuenta, mientras que en otras sucursales, cajeros automáticos o terminales de autoservicio dependerá de la disponibilidad operativa de billetes de cada entidad.

Sin embargo, que el camino normativo esté completo no implica necesariamente que el pago de salarios en dólares se popularice en el corto plazo. Las empresas aún enfrentan restricciones cambiarias que les impiden acceder libremente al mercado para comprar divisas destinadas al atesoramiento o a determinadas operaciones locales. En ese sentido, el presidente del BCRA, Santiago Bausili, había descartado hace dos meses que la eliminación de esas restricciones para personas jurídicas estuviera entre las prioridades inmediatas del organismo.

La adopción de esta modalidad de pago podría ganar terreno especialmente en sectores con alta demanda de perfiles profesionales, fuerte vinculación con mercados internacionales o generación de ingresos en dólares, como la exportación de servicios, la economía del conocimiento y las empresas tecnológicas. De todos modos, el pago en moneda extranjera deberá surgir de un acuerdo entre empleador y trabajador, y no reemplaza automáticamente el sistema de remuneración en pesos ni modifica el resto de los derechos laborales establecidos por la legislación vigente.

Desde el BCRA indicaron que próximamente enviarán a las entidades financieras las hojas actualizadas que deberán incorporarse al texto ordenado sobre depósitos de ahorro, cuentas sueldo y cuentas especiales. La Comunicación «A» 8460 fue firmada por Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas, y Marina Ongaro, Subgerenta General de Regulación Financiera.

 

 

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