La corporación judicial volvió a beneficiar a Cablevisión

La corporación judicial volvió a beneficiar a Cablevisión

La corporación judicial volvió a beneficiar a Cablevisión

Hay cientos de ejemplos de decisiones del Poder Judicial que benefician al Grupo Clarín. Sin embargo, no deja de sorprender cada vez que se renueva esa cobertura de un sector de los jueces hacia el monopolio. Esta vez fue el juez federal Sebastián Ramos, quien consideró que no es delito que Cablevisión incumpla un fallo judicial (confirmado por la Cámara y por la Corte Suprema) que lo obliga a respetar la grilla de canales de cable según el artículo 65, inciso 3b, de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual reglamentado por la AFSCA, por medio de las resoluciones 296/10 y 167/12.

“Un juez que dice que la desobediencia de un fallo no es delito, que no hay ningún problema en que Cablevisión ignore lo que decidió otro juez, es una muestra fehaciente de la degradación en la que se encuentra una parte del Poder Judicial”, señaló el titular de AFSCA, Martín Sabbatella, en diálogo con Tiempo.

Según consignó Tiempo Argentino, el funcionario, que no descarta apelar la decisión, sostuvo que ella “evidencia lo colonizados que están algunos jueces que terminan haciéndole los mandados a una corporación como Clarín, permitiendo que se burle de las leyes, de la justicia, de la democracia y de todos los argentinos”.

Cablevisión inició ante la Justicia Federal de Mar del Plata una causa judicial contra la AFSCA en la que pidió una medida cautelar para que no se le aplique el artículo 161.

“Esta decisión absurda del juez Ramos no es aislada sino que se suma a otras igualmente graves, tomadas por otros magistrados a favor del Grupo Clarín. De todos modos, nosotros no bajamos los brazos y seguimos peleando frente a ese poder corporativo y sus cómplices, porque sabemos que tarde o temprano la justicia llegará y esa empresa deberá cumplir la ley como cualquier otro argentino y argentina”, agregó.

Para entender el grado de polémica que despierta la decisión judicial, hace falta hacer un poco de historia. En abril de 2012, la AFSCA efectuó una presentación contra Cablevisión en la Justicia Federal, en el fuero contencioso administrativo, por no cumplir con la grilla y solicitó una medida cautelar –que logró– para que se adecue a la normativa.

En su defensa, Cablevisión adujo una “imposibilidad técnica” que le impediría incluir a las señales (entre las que se encuentra el canal de noticias CN23) sin dar de baja otras que tiene actualmente en su grilla de canales.

En agosto de 2012, el Juzgado Contencioso Administrativo n° 9 fijó una multa mensual a Cablevisión de 20 mil pesos por cada día de incumplimiento. La empresa apeló, y en junio de 2013, la Cámara de Apelaciones rechazó los recursos presentados por la demandada, pero dictaminó reducir la multa a 2000 pesos por cada día de incumplimiento.

Por eso, la AFSCA denunció penalmente a Cablevisión por el incumplimiento de la grilla. Como resultado de los cruces judiciales, el 23 de diciembre de ese año, el Grupo Clarín envió una carta al organismo informando que a fines de enero de 2014 ordenaría la grilla e incorporaría las señales CN23, 360, Telesur, Pakapaka e INCAA TV a la programación digital de su compañía controlada. Además, el multimedios indicó que haría lo mismo en su sistema analógico a partir del 15 de febrero de ese año.

En agosto de 2014, y ante el hecho de que Cablevisión no acató totalmente con las resoluciones del organismo e incumplió “una parte sustancial” de la grilla establecida por la LSCA, el titular del AFSCA, Martín Sabbatella, denunció a Cablevisión y pidió ser tenido como querellante contra la empresa del Grupo Clarín, por la presunta comisión de los delitos de desobediencia a la autoridad y tentativa de estafa procesal.

El escrito, presentado en el Juzgado Criminal y Correccional Federal n° 9 de la Ciudad de Buenos Aires, fue enviado por sorteo al Juzgado Federal n° 2 de ese fuero, a cargo del juez federal Sebastián Ramos, que el jueves consideró que no había delito en el incumplimiento de ese fallo.

La corte suprema en mora

Cablevisión inició ante la Justicia Federal de Mar del Plata una causa judicial contra la AFSCA en la que pidió una medida cautelar para que no se le aplique el artículo 161 de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Si bien en primera instancia el juez Alfredo López se declaró incompetente, en diciembre de 2011, la Cámara de Apelaciones de esa ciudad dispuso una medida cautelar a favor de Cablevisión que le impide a la AFSCA aplicar sanciones contra la empresa.

Ante esto, la AFSCA recurrió ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación que demora la resolución de la cuestión. De esa mora se toma Cablevisión para no cumplir con la disposición de la AFSCA.

Mientras tanto, la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, ya dictaminó en ese expediente que la justicia federal de Mar del Plata no tiene competencia para resolver la solicitud de Cablevisión de una medida cautelar contra la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

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