Otro manotazo de Clarín

En la búsqueda de cualquier mecanismo que lo exima a partir del 7 de diciembre de iniciar el proceso de desinversión que establece el artículo 161 de la Ley de Medios de Comunicación Audiovisual, el Grupo Clarín presentó un pedido de ampliación de la medida cautelar dictada por el juez Edmundo Carbone. El pedido de los abogados del holding se encuentra ahora en la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del fuero Civil y Comercial Federal. La iniciativa, sin embargo, no tendría posibilidad de prosperar debido a que no surgió en la causa, desde el dictado de Carbone, ningún hecho nuevo que legitime una eventual extensión. “Si la Cámara hiciera lugar al pedido de Clarín sería un escándalo”, aseguró a Miradas al Sur el constitucionalista Roberto Boico.

“Para que Clarín pida una extensión de la cautelar tiene que haber pasado algo distinto que lo que mereció el dictado de la primera. Tampoco sería procedente una segunda medida cautelar, porque estaría burlando la resolución de la Corte que acotó el plazo de suspensión hasta el 7 de diciembre”, explicó Boico. Según agregó el especialista, la única forma para que pudiera concretarse una nueva cautelar que frene la aplicación del artículo 161 es el dictado de una sentencia en primera instancia que declare inconstitucional el artículo cuestionado.

 

Designado. El juez Horacio Alfonso es el que tiene a cargo la causa Clarín
Designado. El juez Horacio Alfonso es el que tiene a cargo la causa Clarín

Clarín puso en marcha esta iniciativa a principios de octubre, cuando la causa estaba en manos del juez Raúl Tetamantti, quien terminó renunciando luego de que se cuestionara el método utilizado para designarlo como juez subrogante. Antes de renunciar, Tetamantti rechazó la ampliación de la cautelar y el pedido del Grupo Clarín pasó a manos de la Sala I de la Cámara. Dicho tribunal está integrado por Francisco de las Carreras, Martín Diego Farrel y María Susana Najurieta. De los tres, dos fueron recusados por el Poder Ejecutivo.

En el caso de De las Carreras, se solicitó que se excuse de seguir interviniendo en la causa ya que de acuerdo al escrito presentado por la Jefatura de Gabinete, el magistrado habría participado de un viaje a Miami financiado por Clarín. Por lo tanto, el Ejecutivo considera que De las Carreras tiene que apartarse por haber recibido un beneficio importante de una de las partes, según lo establece el artículo 17 inciso 8 del Código Procesal.

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