Resultados positivos en el control de pesos y dimensiones del 19º Distrito

La oficina de prensa del 19º Distrito – Bahía Blanca  de la Dirección  Nacional de Vialidad  (D. N. V.) informa que, se continúan los controles en las balanzas de Control de Pesos y Dimensiones, apostada en el kilómetro 701,9 de la R.N.Nº 3 y en la R.N.Nº 33, a la altura del Km.131,5.

En el puesto de la R.N.Nº 3, durante el mes de octubre pasado se efectuaron 2239 pesadas de camiones. Como resultado de estas acciones se labraron 23 actas, algunas de las más destacadas son relacionadas al transporte de chatarra, con excedentes promedio de 50.070 kilos,  carga de arcilla con un exceso de 49.950 kilos y otras con caolín, por más 48.970 kilos de exceso en la carga.

 

En el caso de la balanza ubicada en al R.N.Nº 33, el mes pasado, el número de pesadas ascendió a la suma de 1062, con un total de 25 actas labradas. Los excesos de carga llegaron a  un máximo de 46.000 kilogramos en el caso de soja, cebada y trigo.

 

Luego de la confección de las actas por exceso de carga en el lugar del pesaje, y en el caso de no ser abonadas por el transportista o cargador, son derivadas a la sección Legales y Sumarios del 19º Distrito de la Dirección Nacional de Vialidad. En esa área se confeccionan cartas documento dirigidas al transportista y al cargador multado, intimando al “pago de canon por deterioro al camino”. En caso de no obtener respuesta a dicha misiva se inicia el llamado “cobro ejecutivo”, ante los Juzgados Federales de Bahía Blanca.

En el transcurso del año 2011 se han cursado 1055 cartas documentos, de las cuales 130 se enviaron en octubre. En cuanto a juicios, se iniciaron 132 correspondientes a actas de diciembre de 2010.

 

El 19º Distrito de la D.N.V recuerda que la verificación de pesos máximos es una tarea de suma importancia en el entorno de actividades de control que ejecuta la D.N.V., ya que de los mismos depende que la vida útil del camino se prolongue en una forma sustancial, permitiéndole a la Nación ahorrar cifras millonarias en costosas reparaciones y repavimentaciones.

 

La función de la balanza está enmarcada en la Ley Nacional Nº 24.449 que establece cuáles son los pesos y dimensiones que los vehículos de cargas pesadas deben respetar para circular.

 

Recordamos que el artículo Nº 77 de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449/95, califica como falta grave la que, por excederse un vehículo en el peso, provoca una reducción en la vida de la estructura vial. Por otro lado, la misma legislación en su artículo Nº 84 define la multa como un valor aplicable a las infracciones, que se determina en unidades fijas relacionadas con el precio del litro de nafta especial.

Balanza R.N.Nº 33

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