El BCRA habilita cuentas gratuitas para jubilados y pensionados


Habilitarán cajas de ahorro para los jubilados

También beneficiará a pensionados. A partir de la reglamentación de la ley 26.704, la autoridad monetaria establece que podrán pagarse prestaciones a través de una “cuenta sueldo” con una tarjeta de débito asociada

El Banco Central reglamentó la ley 26.704 que establece que podrán pagarse prestaciones a través de una “cuenta sueldo” con una tarjeta de débito asociada para jubilados y pensionados. Además, abarca a beneficiarios de planes sociales y a quienes no se les aplica la ley de Contrato de Trabajo. Entrará en vigencia a partir de mañana.

Según la Comunicación “A” 5231, la autoridad monetaria dispone que se podrá extraer dinero de todos los cajeros automáticos habilitados en el país de cualquier entidad financiera, sin límites de importe ni de cantidad de extracciones, ni distinción alguna entre clientes y no clientes.

Además, permitirá la acreditación de las remuneraciones normales y habituales y otros conceptos derivados de la relación laboral, incluyendo los importes correspondientes a las asignaciones familiares.

También se aplicará el mismo criterio a los haberes o prestaciones de la seguridad social del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a las pensiones no contributivas, las prestaciones dinerarias por incapacidad derivadas de la Ley de Riesgos del Trabajo y los beneficios correspondientes a planes de ayuda social.

La reglamentación estipula que las entidades financieras no podrán cobrar cargos ni comisiones por la apertura de las cuentas, su mantenimiento, movimientos de fondos y consulta de saldos, aún los que se verifiquen por el uso de cajeros automáticos de distintas entidades y/o redes del país.

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