Gestapo antisidical: El senador de Juntos, Juan Pablo Allan no se presentó a declarar

El actual legislador bonaerense de Juntos, Juan Pablo Allan, debía presentarse ante el juez Ernesto Kreplak por la causa “Gestapo”, pero no asistió. Los motivos.

El senador bonaerense de Juntos, Juan Pablo Allanno se presentó a la indagatoria a la que lo citó el juez Ernesto Kreplak por la causa de la Gestapo antisindical”, en donde se armaban causas contra sindicalistas. El legislador fue uno de los que participó del encuentro, ya que ingresó a la Cámara de Senadores por la Octava sección electoral (La Plata). 

Fuentes judiciales informaron a El Destape que, como “el Senado no trató pedido de desafuero” presentado por Kreplak a principio de mes, el dirigente pegó el faltazo. Actualmente no hay nueva fecha para que Allan declare.

Vale recordar que durante el mes de enero, el titular del Juzgado Federal N°3 allanó las oficinas del legislador, luego de que el propio Senado provincial votara por unanimidad el requerimiento judicial. La nota por el pedido de desafuero del magistrado ingresó por mesa de entradas de la Cámara Alta y, según pudo averiguar este medio, el expediente yace en la oficina del Prosecretario Legislativo, Miguel Ángel Bampini. Dicha área depende de la vicegobernadora, Verónica Magario.

En la Cámara Alta aún no trataron el expediente y recién lo harían este miércoles 23 de marzo. Es que la discusión pasa por la interpretación del escrito que presentó el magistrado. Por un lado la Constitución provincial prevé en dos artículos – 97 y 98 – el tratamiento de la situación en cuestión. En el artículo 97 indica que “los senadores y diputados gozarán de completa inmunidad en su persona desde el día de su elección hasta el día en que cese su mandato, y no podrán ser detenidos por ninguna autoridad sino en caso de ser sorprendidos en la ejecución flagrante de algún crimen, dándose inmediatamente cuenta a la Cámara respectiva, con la información sumaria del hecho, para que resuelva lo que corresponda, según el caso, sobre la inmunidad personal”.

El artículo siguiente plantea que “cuando se deduzca acusación ante la justicia contra cualquier senador o diputado, examinado el mérito del sumario, de la acusación o información traída, podrá la Cámara respectiva, con dos tercios de votos, suspender en sus funciones al acusado, dejándolo a disposición del juez competente para su juzgamiento”.

En cambio la Ley de Fueros 25.230 señala en su primer artículo: “Cuando, por parte de juez nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se abra una causa penal en la que se impute la comisión de un delito a un legislador, funcionario o magistrado sujeto a desafuero, remoción o juicio político, el tribunal competente seguirá adelante con el procedimiento judicial hasta su total conclusión. El llamado a indagatoria no se considera medida restrictiva de la libertad pero en el caso de que el legislador, funcionario o magistrado no concurriera a prestarla el tribunal deberá solicitar su desafuero, remoción o juicio político. En el caso de dictarse alguna medida que vulnera la inmunidad de arresto, la misma no se hará efectiva hasta tanto el legislador, funcionario o magistrado sujeto a desafuero, remoción o juicio político no sea separado de su cargo”.

“Sin perjuicio de ello el proceso podrá seguir adelante hasta su total conclusión. El tribunal solicitará al órgano que corresponda el desafuero, remoción o juicio político, según sea el caso, acompañando al pedido las copias de las actuaciones labradas expresando las razones que justifiquen la medida. No será obstáculo para que el legislador, funcionario o magistrado a quien se le imputare la comisión de un delito por el que se está instruyendo causa tenga derecho, aun cuando no hubiere sido indagado, a presentarse al tribunal, aclarando los hechos e indicando las pruebas que, a su juicio, puedan serle útiles. No se podrá ordenar el allanamiento del domicilio particular o de las oficinas de los legisladores ni la intercepción de su correspondencia o comunicaciones telefónicas sin la autorización de la respectiva Cámara”, finaliza el artículo de la ley.

Fuentes legislativa explicaron que en el Senado se debaten en la posibilidad de dejar un precedente que entienden “sería muy peligroso”. Por su parte, desde el Frente de Todos reconocieron que “está estudiando el tema” y “evaluando posibles alternativas al expediente presentado por Kreplak”.

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Por BELÉN BARTOLI
El viernes pasado, el ex ministro de Trabajo bonaerense Marcelo Villegas, autor de la frase de la Gestapo antisindical, presentó un escrito y dejó mal parado al ex presidente Mauricio Macri. En el mismo confirmó que fue convocado a una reunión en Casa Rosada para hablar del sindicalista Juan Pablo “Pata” Medina con Macri, el ex jefe de los espías Gustavo Arribas y los ex ministros de Germán Garavano, Patricia Bullrich, Guillermo Dietrich y Jorge Triaca.

Poco después Villegas fue citado por la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) para que informara sobre las medidas que tomaron al respecto en el gobierno de María Eugenia Vidal. Vale remarcar que la reunión en la AFI fue el 31 de julio de 2017, mientras que el encuentro de la “Gestapo” en la sede del Banco Provincia fue el 15 de junio del mismo año. Es decir que después de la reunión en la sede bancaria, Villegas acudió a la AFI.

 

fuente: el destape

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