Los argumentos de Fayt, el único juez que votó en contra

 

El fallo de la Corte Suprema sobre la constitucionalidad total de la Ley de Medios fue casi unánime: los jueces Ricardo Lorenzetti, Eugenio Zaffaroni, Enrique Petracchi y Elena Highton de Nolasco votaron a favor de la normativa. En cambio, el hombre que lleva treinta años en el ejercicio del Máximo Tribunal, Carlos Fayt, votó en contra. “La ley 26522,

en cuanto regula la multiplicidad de licencias de modo general, es constitucional”, afirma el fallo. Sin embargo, el Doctor Fayt sostiene en su disidencia que “el análisis del caso parte de considerar que hay un derecho individual a la licencia que tiene la protección similar a la de un derecho de dominio y que involucra el derecho a la libertad de expresión” y agrega que “una restricción que afecte económicamente a la empresa periodística, es una afectación a la libertad de expresión”. “Como la licencia se equipara al derecho de dominio, no puede restringirse su disposición, y por ello es inconstitucional el artículo 41 de la ley. Hay otros modos menos restrictivos de controlar los fraudes”, agrega. El artículo 41 determina que la transferencia de licencias queda sujeta a la autorización estatal. También Fayt se refirió al artículo 45 de la norma que dice que “a fin de garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto se establecen limitaciones a la concentración de licencias”. Al respecto, el juez de 95 años afirma que esas limitaciones “no son proporcionadas ni idóneas para alcanzar los principios de diversidad perseguidos”. “Son inconstitucionales los artículos 41, 45, 48 y 161, y por ello no se aplica ninguna limitación y no hay obligación de desinvertir. Por lo tanto la actora continúa en la misma situación actual, sin necesidad de ajustarse en ningún momento”, concluye Fayt.

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