“Los que atacaron a los periodistas de Duro de Domar no tienen ninguna condena”

El dirigente social y presidente del partido MILES, Luis D´Elía, fue condenado a cuatro días de prisión en suspenso y dos años de respetar medidas de conducta por haberle pegado a un manifestante pro-Mesa de Enlace en 2008, en pleno conflicto por las retenciones móviles.

D´Elía ya había sido condenado en primera instancia por el juzgado en lo correccional 13 de la Cámara Federal, pero su defensa apeló el fallo y llegó hasta la Cámara Federal de Casación Penal. La Sala Cuarta del máximo tribunal penal del país confirmó el fallo, y con las firmas de los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Juan Gemignani (h), rechazó los planteos del abogado del dirigente, Adrián Albor.

“Fui condenado a cuatro días de prisión en suspenso. Le pegué un cachetazo a una persona que me había insultado durante una cuadra y media. Esta Cámara intentó liberar a Astiz y al Tigre Acosta”, se quejó D´Elía en declaraciones a Radio América. Y agregó: “Nosotros vamos a apelar. Los que atacaron a los periodistas de Duro de Domar no tienen ninguna condena”.

D’Elía fue condenado como “coautor penalmente responsable del delito de lesiones leves en el marco de una agresión múltiple” el 25 de mayo de 2008, en la Plaza de Mayo, en el marco de una “contramarcha” ante la protesta de ruralistas por la Resolución 125.

“Corresponde rechazar el recurso de casación contra la condena por el delito de lesiones leves en riña en el marco de una manifestación popular en desacuerdo con políticas en materia de retenciones, si -mediante testigos y filmaciones- se probó la participación del imputado y otras personas, sin que pueda hacerse lugar al planteo de legítima defensa pues parece excesivo que ante la aislada expresión ‘ustedes vinieron a provocar, mercenarios’ el acusado optara por darle un golpe de puño”, sostiene el fallo.

Para los jueces, “existen otros medios menos lesivos para repeler o frenar una agresión verbal de ese tipo”.

“Asimismo carece de sustento y resulta descabellado el intento del acusado de justificar su accionar invocando la preservación del orden constitucional”, consideró el tribunal.

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