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NUEVA ESCALA SALARIAL PARA PANADEROS NOS VISITARON EN NUESTROS ESTUDIOS LOS COMPAÑEROS

ESTUVIERON EN NUESTROS  ESTUDIOS   LOS  COMPAÑEROS  PANADEROS  DEL SINDICATO BAHIA BLANCA.

NUEVA ESCALA SALARIAL.

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AUDIO : 1

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AUDIO . 2

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AUDIO : 3

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AUDIO : 4

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AUDIO : 5

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AUDIO : 6

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AUDIO : 7

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AUDIO : 8

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AUDIO : 9

Sueldos que rigen a partir de el 1º Abril 2011
Expediente: Nro. 1.339.850/09
Rem No Rem No Rem Rem Rem Rem Rem
A B C D E F G
Categoria Anterior
DIC-2010
Abr-11 Ago-11 Oct-11 Oct-11 Ene-12 Mar-12
Oficial Maestro $ 3.069,00 $ 250,00 $ 250,00 $ 100,00 $ 3.669,00 $ 3.819,00 $ 3.969,00
Medio Oficial $ 2.848,00 $ 250,00 $ 250,00 $ 100,00 $ 3.448,00 $ 3.598,00 $ 3.748,00
Ayudante $ 2.773,00 $ 250,00 $ 250,00 $ 100,00 $ 3.373,00 $ 3.523,00 $ 3.673,00
Dependiente $ 2.773,00 $ 250,00 $ 250,00 $ 100,00 $ 3.373,00 $ 3.523,00 $ 3.673,00
Cajera $ 2.923,00 $ 250,00 $ 250,00 $ 100,00 $ 3.523,00 $ 3.673,00 $ 3.823,00
Repartidor $ 2.773,00 $ 250,00 $ 250,00 $ 100,00 $ 3.373,00 $ 3.523,00 $ 3.673,00
Peon $ 2.681,00 $ 250,00 $ 250,00 $ 100,00 $ 3.281,00 $ 3.431,00 $ 3.581,00
A. SUELDO BASICO MES DE DICIEMBRE AÑO 2010

B. INCREMENTO NO REMUNERATIVO A PARTIR ABRIL DE 2011.

C. INCREMENTO NO REMUNERATIVO A PARTIR DE AGOSTO DE 2011

D. INCREMENT REMUNERATIVO A PARTIR DE OCTUBRE DE 2011

E. A+B+C+D= G.. Pasando todos los itens a ser Remunerativos. El 1º Octubre de 2011

F. Ciento cincuenta pesos remunerativos.. De la siguiente forma F+$150,00 PESOS

G. Ciento cincuenta Pesos remunerativos.. De la Siguiente forma G+$150,00 PESOS

Expediente: Nro. 1.339.850/09
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los dieciséis días del mes de Mayo del año dos mil once, siendo las 11.30 horas, comparecen en forma espontánea ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la NACION – Dirección Nacional de| Relaciones del Trabajo. Ante el Señor Roque Francisco VILLEGAS, Secretario de Conciliación del Departamento N° 2 – Dirección de Negociación Colectiva, lo hace por la FEDERACION OBREROS Y EMPLEADOS DE PANADERIAS Y AFINES DE LA PCIA. DE BUENOS AIRES (FOEPA), los señores: Miguel Ángel RODRIGUEZ; Rubens CASTRO; Miguel Ángel RODRIGUEZ (h); Gabriel RUIZ y Elsa GAMARRA, todos en calidad de paritarios, Ruben AGUIAR, en calidad de Asesor Gremial, con el patrocinio letrado de la Dra. Brenda Paola ESCOBAR ALVAREZ, por una parte y, por la FEDERACION INDUSTRIAL PANADERIL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, lo hacen los señores: Emilio MAJORI, Raúl SANTOANDRE, José ZANABRIA, Lisandro MELINSKY, Aldo Javier ULDANI, Alberto ALONSO y Cesar Omar LORENZO en calidad de paritarios con el patrocinio letrado del Dr. Gustavo SANTOANDRE (T° 63 F° 888).————————————————————-

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, éste procede a conceder el uso de la palabra a AMBAS PARTES quienes, DE COMUN ACUERDO, manifiestan:—————————————————–

CLAUSULA PRIMERA: Que, en el marco del texto convencional suscripto en fecha 07/04/2010, obrante a Fojas 8/9 del Expediente N° 1-2015-1.371.342/2010, agregado como Foja 56 de autos, debidamente homologado mediante Resolución S.T. N° 960/2010, han pactado una Recomposición Salarial aplicable para todos los trabajadores comprendidos en el C.C.T. N° 231/94; con vigencia desde el día 1° de Abril de 2011 hasta el mes de Marzo de 2012 inclusive, cuya modalidad se detalla a continuación, a saber: 1°).- Una suma de $250,00 (Pesos Doscientos Cincuenta), de carácter no remunerativo, a partir del mes Abril del corriente convirtiéndose en remunerativo a partir del mes de Octubre del 2011.- 2°).- Una suma de $250,00 (Pesos Doscientos Cincuenta), de carácter no remunerativo, a partir del mes de Agosto del 2011 convirtiéndose en remunerativo en el mes de Octubre del 2011.- 3°).- Una suma de $100,00 (Pesos Cien), de carácter remunerativo, en el mes de Octubre del 2011.- 4°).- Una suma de $150,00 (Pesos Ciento Cincuenta), de carácter remunerativo en el mes de Enero del 2012.- 5°).- Una suma de $150,00 (Pesos Ciento Cincuenta), de carácter remunerativo en el mes de Marzo del 2012. ————————————————————————

CLÁUSULA SEGUNDA: Las partes dejan expresamente establecido que se comprometen a retomar el diálogo el día 1° de Diciembre de 2011, a los fines de analizar la situación socioeconómica del país.————————————————————————————————————————–

CLÁUSULA TERCERA: Se deja expresa constancia que el presente Acuerdo Colectivo resulta aplicable desde el momento de la suscripción del mismo.———————————————————

CLÁUSULA CUARTA: Las partes, de común acuerdo, solicitan a la Autoridad de Aplicación la inmediata homologación del presente Acuerdo Colectivo.——————————————————–

CLÁUSULA QUINTA: Todos los miembros paritarios proceden, en éste acto, a ratificar firma y contenido del plexo convencional y del «Anexo I» en el cual se grafica la Recomposición Salarial en cuestión, que pasa a formar parte integrante de la presente Acta y cuya homologación se viene a solicitar. Asimismo, se deja establecido que cualquier diferencia que hubiere entre el «Anexo I» y el Acuerdo arribado, deberá estarse a la interpretación de éste último.——————————————

Siendo las 13.00 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad, previa lectura y ratificación ante mí, funcionario que CERTIFICO.————————————————
Roque Villegas
Conciliador Mt.

Acerca del autor

Radio Gremial

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